De acuerdo con la legislación peruana, las empresas tienen hasta el 15 de noviembre de 2024 para realizar el segundo depósito anual de la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS), un beneficio que ampara a todos los trabajadores que laboran al menos cuatro horas diarias bajo planilla.
¿Cómo calcular la CTS?
La CTS equivale a un sueldo anual, dividido en dos pagos semestrales: el primero hasta el 15 de mayo y el segundo hasta el 15 de noviembre. Pamela Duffy, socia del área laboral de Dentons Perú, aclara que el cálculo del monto depende de factores como el tipo de empresa y el tiempo laborado por el trabajador en cada semestre.
Mediana y Gran Empresa
Para un trabajador que haya cumplido el semestre completo, el depósito de CTS debe incluir el 50% de su salario mensual, sumado a un sexto de la gratificación recibida en julio de 2024. Duffy explica que, en caso el trabajador haya laborado solo parte del semestre, el cálculo se realiza de forma proporcional por cada mes trabajado, añadiendo también un sexto de la gratificación.
Por ejemplo, calculemos la CTS con un trabajador que lleva 4 meses laborando y recibe un sueldo de S/1,300.00:
- 1/6 de sueldo: S/216.67 (monto por mes trabajado)
- Para cuatro meses trabajados: S/216.67 x 4 = S/866.68
- 1/6 de la gratificación: S/216.67
- Total CTS a depositar: S/866.68 + S/216.67 = S/1,083.35
En casos donde el trabajador reciba ingresos variables, como horas extra, estos montos pueden sumarse al cálculo de la CTS, siempre que se hayan percibido en al menos tres ocasiones en el semestre. Este promedio se integra al cálculo para obtener un total adecuado.
Pequeña Empresa
Para las pequeñas empresas, la experta detalla que el derecho a CTS depende de la inscripción en el Registro de la Micro y Pequeña Empresa (REMYPE). “Si la empresa no está inscrita, todos los empleados tienen derecho al depósito completo de CTS. En caso de inscripción en el REMYPE, los trabajadores que ingresaron antes del registro mantienen el beneficio completo, mientras que los contratados después reciben el 50% del monto calculado en el régimen general”, señala Duffy.
Microempresa
Las microempresas que estén inscritas en el REMYPE no están obligadas a realizar este pago para los empleados que se incorporaron después del registro. Sin embargo, los trabajadores anteriores a la inscripción conservan su derecho a la CTS bajo la normativa general.
Sanciones por incumplimiento
Las empresas que no realicen el depósito de la CTS dentro del plazo pueden enfrentar sanciones económicas. En dicho supuesto, la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil)puede imponer una multa que oscila entre S/8,085.50 y S/134,518.00[1] dependiendo del tamaño de la organización y el número de trabajadores afectados. Asimismo, en caso la empresa no cumpla con entregar la hoja de liquidación de CTS a sus trabajadores, podría exponerse a la imposición de una multa que oscila entre S/ 1,339.00 y S/ 79,928.00, dependiendo de los factores antes señalados.
Libre disposición hasta diciembre de 2024
Con la publicación del Decreto Supremo N.º 003-2024-TR el pasado 26 de mayo, el Gobierno estableció que los trabajadores pueden retirar el 100% de sus fondos de CTS hasta el 31 de diciembre de 2024. Los empleados pueden optar por realizar un retiro total o parcial de sus cuentas, ya sea a través de retiros en ventanilla o mediante transferencias bancarias solicitadas a la entidad financiera, que tiene un plazo máximo de dos días hábiles para efectuar el desembolso solicitado.
Excepciones y recomendaciones
Cabe destacar que no todos los trabajadores califican para recibir la CTS. Aquellos que laboran menos de cuatro horas diarias quedan excluidos de este beneficio. También existen restricciones para el embargo y la retención de fondos de CTS.
“La CTS es un derecho clave para los trabajadores en el país, cuyo cumplimiento es vital para las empresas, no solo para evitar sanciones sino también para garantizar el respaldo económico de sus colaboradores. Conocer bien el cálculo, el alcance de su disposición y las excepciones ayuda a las empresas a operar en conformidad con la ley”, concluye Duffy.
[1] Considerando la UIT vigente correspondiente al año 2024.